La Compañía cubrirá los siguientes servicios de asistencia básica para el vehículo asegurado en la póliza dentro de la República del Paraguay y solamente en las Ciudades de Asunción y Gran Asunción; Ciudad del Este y Encarnación.
1. En caso de que el Asegurado dejara las llaves dentro del vehículo cerrado accidentalmente, la Compañía enviará un cerrajero para abrirlo. El costo de las partes para abrir el vehículo o posteriormente operar el vehículo será la responsabilidad del Asegurado. Este servicio tiene un límite de prestación de 2 (dos) eventos durante la vigencia de la póliza.
2. En caso de que el vehículo del Asegurado se quedara sin combustible, la Compañía llevará hasta el lugar donde se quedó parado el vehículo el combustible suficiente para que pueda llegar a la siguiente estación de servicios. El costo del combustible lo debe pagar el Asegurado.
Este servicio tiene un límite de prestación de 2 (dos) eventos durante la vigencia de la póliza.
3. En caso de que alguna de las ruedas del vehículo asegurado llegara a pincharse o desinflarse, la Compañía dará asistencia para cambiarla por la rueda de auxilio o en su caso pondrá aire a la rueda baja para que pueda continuar con el viaje. En caso de que la rueda tenga que ser cambiada, el Asegurado debe contar con una rueda de auxilio en buenas condiciones. Este servicio tiene un límite de prestación de 2 (dos) eventos durante la vigencia de la póliza.
4. En caso de que el vehículo asegurado se quedara sin batería, la Compañía enviará a un técnico o mecánico para pasar corriente al vehículo. "La Compañía" y la Aseguradora no se harán responsables por cualquier daño al vehículo, partes eléctricas o al sistema a causa del paso de dicha corriente. Este servicio tiene un límite de prestación de 2 (dos) eventos durante la vigencia de la póliza.
IMPORTANTE: En todos los casos, el Asegurado o el conductor del vehículo debe estar presente mientras el técnico de la Compañía preste los servicios al vehículo asegurado.
SERVICIO DE GRÚA EN LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
1. En caso de que un "siniestro o accidente automovilístico" no permita mover el vehículo Asegurado, La Compañía proporcionará y cubrirá el costo de un servicio de grúas al taller mecánico más próximo dentro de la ciudad en el que tenga lugar el evento o hasta el domicilio del Asegurado que se indique en la póliza.
2. En caso de "falla mecánica" que no permita mover el vehículo Asegurado, La Compañía proporcionará y cubrirá el costo de un servicio de grúas al taller mecánico más próximo dentro de la ciudad en el que tenga lugar el evento o hasta el domicilio del Asegurado que se indique en la póliza. Si el vehículo asegurado es de procedencia Vía Chile, China, o cuente con más de 10 (diez) años de fabricación se cubrirá solamente el costo de un servicio de grúas al taller mecánico más próximo dentro de la ciudad.
Este servicio tiene un límite de prestación de 5 (cinco) eventos distintos durante la vigencia de la póliza.
3. En todos los casos, el Asegurado o el conductor autorizado por éste deberá estar presente durante el remolque del vehículo.
4. Los siguientes vehículos se excluyen expresamente del servicio de grúa: vehículos de 3.5 toneladas de peso o más, vehículos destinados al transporte público o de carga, microbuses, autobuses y maquinarias viales o agrícolas.
5. No se realizarán servicios de asistencia de vehículos de un taller a otro taller, ni se realizarán paradas o escalas en el itinerario del servicio, la segunda prestación del servicio por el mismo evento podrá ser coordinada a través de la Compañía pero con costo al Asegurado.
6. El servicio incluye la remoción o rescate de autos que por accidente han quedado fuera del camino o ruta normal destinada para el transito vehicular y esto les impide la circulación normal; tales como (zanjas, barrancos, cunetas, guarniciones, banquinas, veredas centrales o laterales, lagos, ríos, playas, o cualquiera no destinado para la circulación natural de vehículos). Y la derivación de un segundo servicio de grúa por los daños existentes en los vehículos rescatados. Con límite económico de hasta US$ 500 (Dolares Americanos quinientos) por año de cobertura.
SERVICIO DE GRúA EN EL "EXTERIOR" DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
Los automóviles serán remolcados al taller mecánico más cercano, donde se realizarán las reparaciones. Si el Asegurado quisiera remolcar el vehículo a otro lugar distinto del taller mecánico más cercano, el límite máximo de remolque en esta cobertura será del radio de 1.200 Km (Un mil doscientos kilómetros) alrededor del domicilio del Asegurado. Cabe aclarar que en caso de superar este radio de cobertura, el costo excedente será cubierto por el Asegurado. Se excluye este servicio a los vehículos cuya procedencia sea Vía Chile, China, o cuenten con más de 10 (diez) años de fabricación.
INTERRUPCIÓN DE VIAJE EN CASO DE ROBO, PÉRDIDA TOTAL O REPARACIÓN
En caso de pérdida total, robo o reparación del vehículo por más de 10 días, la Compañía cubrirá para el Asegurado y los Ocupantes (máximo 5 Ocupantes) los gastos de traslado a su lugar de residencia vía terrestre hasta la suma de U$S 100.- (Dólares americanos cien) también la Compañía puede pagar los gastos de traslado para continuar al destino original siempre y cuando el costo no exceda el costo de traslado a sus lugares de origen.
Para asistencia mecánica o ligera o remolque de vehiculo llamar 24 hs al teléfono (595 21) 44 74 74 o al celular (595 981) 434 900, o dirijase de lunes a viernes a nuestro Centro de Atención al asegurado ubicado en la Avda. España 308 c/ Dr. Bestard en el horario de 8 a 17.